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26.03.2018
Banca

¿Se pueden reclamar las hipotecas canceladas? Analizamos el plazo de reclamación

¿Se pueden reclamar las hipotecas canceladas? Analizamos el plazo de reclamación

Si tienes hipoteca y has escuchado en los medios de comunicación que miles de consumidores están reclamando los gastos hipotecarios, es probable que te hayas preguntado qué plazo tengo para reclamar los gastos de hipoteca. El tema hipotecario sigue de actualidad, por lo que esta nueva entrada en el blog resuelve esta duda del plazo de reclamación de los gastos de la hipoteca. Se resuelven otras como: «¿se puede ampliar una hipoteca?» o «¿qué sucede si no puede pagar la hipoteca?», en cuanto que son cuestiones que se plantean los titulares de préstamos hipotecarios.

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Si tienes hipoteca estarás en una de las siguientes tres situaciones dependiendo del momento en que hayas firmado el préstamo

De acuerdo a nuestra experiencia en otras reclamaciones bancarias y a la jurisprudencia aplicable a este tipo de procedimientos, si pretendes recurrir los gastos de la hipoteca te hallarás en una de las siguientes tres situaciones. Que hayas constituido la hipoteca con anterioridad al 23 de diciembre de 2015 y no esté cancelada, que lo hicieras con posterioridad al 23 de diciembre de 2015 y tampoco estuviera cancelada o que ya hubieses cancelado la hipoteca.

A continuación, se desarrollan estas tres situaciones que en la práctica coinciden con la mayoría de hipotecas de los clientes bancarios.

Las reclamaciones en hipotecas no canceladas constituidas con anterioridad a la sentencia del Tribunal Supremo

Si sigues pagando el préstamo, puedes recurrir los gastos de la hipoteca aunque hayan pasado varios años desde su firma. Es decir, el plazo de reclamación gastos de hipoteca comienza cuando finalices o canceles el préstamo, al ser el momento en que se satisfacen completamente las obligaciones contraídas por cada parte.

En consecuencia, los titulares de hipotecas activas son los que están interponiendo la reclamación en primer lugar y obteniendo sentencias favorables de forma masiva, recuperando los importes relativos a la notaría, Registro de la Propiedad, gestoría e incluso el importe de la tasación.

El plazo para reclamar en las hipotecas no canceladas constituidas con posterioridad al 23 de diciembre de 2015

Desde que se conoció la sentencia del Tribunal Supremo en 2015 la práctica bancaria no ha cambiado y si vas a solicitar una hipoteca comprobarás que continúa sin existir un verdadero reparto de los gastos entre el banco y el cliente.

Los bancos han modificado estas cláusulas introduciendo cambios en su redacción con objeto de amedrentar a los clientes. Sin embargo, estas cláusulas siguen siendo nulas, como fallan los juzgados y tribunales, por ser abusivas e imponer al cliente el pago de todos los gastos de constitución del préstamo hipotecario, cuando la mayoría de ellos corresponden al banco. De hecho, que actualmente los bancos informen a los usuarios de la existencia de esta cláusula no equivale a una negociación en el reparto de los gastos de constitución del préstamo hipotecario.

Por ende, si firmaste una hipoteca recientemente también estás en tu derecho de reclamar los gastos hipotecarios.

El plazo para recurrir los gastos hipoteca en los préstamos ya cancelados

La unanimidad manifestada en cuanto a las hipotecas activas no se da en las canceladas, aunque hay que diferenciar dos situaciones complejas. Por un lado, que la reclamación se pretenda interponer cuando no han pasado cuatro años desde la cancelación de la hipoteca y, por otro, que hayan pasado más de cuatro años desde que se canceló.

En ambas situaciones intervienen conceptos jurídicos complejos, como son la caducidad y la prescripción. No obstante, respecto a la primera de las situaciones no existen dudas y si estás en esta situación, recuperarás los gastos hipotecarios. Esto lo ha reiterado el Tribunal Supremo el pasado 19 de febrero de 2018. Falló que el plazo de cuatro años establecido en el Código Civil no comienza a contar hasta que hayas terminado de devolver el préstamo. Es decir, si firmaste una hipoteca a 25 años y terminaste de pagarla en marzo de 2015, el plazo que tienes para reclamar se extiende, como mínimo, hasta marzo de 2019.

El plazo de reclamación de gastos en hipoteca cancelada hace más de cuatro años

En este punto es donde existen sentencias contradictorias. Unas apuntan a que el plazo máximo es de cuatro años desde que se canceló la hipoteca, otras sentencias que el plazo debe extenderse hasta quince años o incluso que no existe plazo. Además, existen otros juzgados que afirman que, aunque el plazo fuese de cuatro de años, este comenzaría a contar desde el momento en que el usuario bancario tuvo conocimiento de la nulidad de la cláusula.

En resumen, si bien todos los préstamos hipotecarios no son iguales, se puede concluir que el plazo reclamación gastos hipoteca se extenderá, en todo caso, hasta cuatro años después de que canceles la hipoteca o incluso, como la jurisprudencia está comenzando a señalar, no tendrás un plazo fijado para reclamar al tratarse de la nulidad radical de una cláusula. Y si llegados a este punto te preguntas dónde puedo reclamar los gastos de mi hipoteca, nosotros estudiaremos individualmente tu préstamo y te aconsejaremos qué acciones llevar a cabo.

 

1 Comment

  1. miguel angel
    18/10/2018 at 21:13

    Me queda la duda, ¿que pasa con las novaciones y/o subrogaciones de hipoteca? ¿Se considera cancelada una hipoteca cuando se ha novado o subrogado en el mismo u otro banco comenzando el posible plazo de prescripción de los gastos soportados con anterioridad a esa novación o subrogación?