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29.03.2016
Accidente de Tráfico

La rehabilitación tras un accidente de tráfico

La rehabilitación tras un accidente de tráfico

Cuando tenemos un accidente de tráfico y sufrimos lesiones, es normal que nos surjan dudas como: ¿Quién debe pagar los gastos de la rehabilitación? ¿Es mi compañía o la contraria? ¿Y si se niegan a pagar?

A menudo, no resulta sencillo saber a quién corresponde pagar los gastos derivados de la rehabilitación tras las lesiones sufridas en un accidente de tráfico.

Pero desde AMG Legal vamos a explicarte todo lo que debes saber para que, en caso de sufrir un accidente con lesiones, sepas cómo actuar desde el primer momento. Así podrás centrarte en recuperarte cuanto antes ¡y nada más!

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Rehabilitación tras accidente de tráfico, distintas posibilidades

En primer lugar, tienes que saber que la rehabilitación tras un accidente de tráfico la podemos llevar a cabo a través estas cuatro vías:

1) A través de la mutua de la empresa, en caso de haber sufrido un accidente in itinere.

2) A través de la compañía de seguros del vehículo.

3) A través de una clínica privada de nuestra elección.

4) A través de la Seguridad Social.

A continuación, vamos a estudiar cada opción con mayor profundidad. También te indicaremos cuál es la mejor opción que puedes tomar.

Rehabilitación a través de la mutua de la empresa

Como hemos dicho, si hemos sufrido un accidente de tráfico in itinere, es decir, yendo o volviendo del trabajo, la mutua de la empresa estará obligada a prestarnos el tratamiento de rehabilitación.

Ahora bien, que esté obligada, no significa que sea lo más recomendable. De hecho, en muchas ocasiones, aunque pueda parecer raro, no lo es.

Lo que le interesa a nuestra empresa es que sus empleados trabajen, no que estén de baja. Por tanto, muchas veces ocurre que el tratamiento que nos presta la mutua es demasiado corto e ineficaz. Además, cuanto antes nos puedan otorgar el alta laboral, mejor será para la empresa.

Sin embargo, el lesionado no está obligado a que sea la mutua la que le preste el tratamiento de rehabilitación tras el accidente. Cada uno podrá elegir libremente dónde quiere llevar a cabo su tratamiento.

Eso sí, en caso de accidente laboral, la mutua siempre tendrá que llevar un seguimiento médico de las lesiones y del tratamiento que estemos realizando.

Rehabilitación a través del Seguro del coche

Aquí existen dos posibilidades. Que sea nuestro propio seguro el que nos preste el tratamiento de rehabilitación, o que sea el seguro contrario, si es responsable del accidente.

Nuestro propio Seguro únicamente nos prestará el tratamiento de rehabilitación si lo tenemos contratado en nuestra póliza. Si no, nuestra Aseguradora no está obligada a facilitarnos tratamiento médico. Todo dependerá de lo que hayamos contratado. Por lo tanto, revisa bien la póliza antes de contratar un Seguro.

El Seguro del vehículo contrario, responsable del accidente, sí que tendrá que prestarnos tratamiento rehabilitador. Ahora bien, la situación es similar a la que ocurría con la mutua de la empresa.

Si realizamos el tratamiento en una clínica que trabaja para la Aseguradora responsable, que es la que nos tendrá que abonar una indemnización por las lesiones sufridas, es lógico pensar que el tratamiento no será todo lo bueno que cabría esperar.

Ten en cuenta que, cuanto más dure el tratamiento de rehabilitación, mayor será la indemnización a cobrar. Por tanto, lo habitual es que la clínica que nos ofrezca el Seguro responsable también dé un tratamiento corto y, por tanto, ineficaz.

 

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Rehabilitación a través de una clínica privada, la opción más recomendable

Si existe la opción de realizar el tratamiento de rehabilitación en una clínica privada, es lo mejor que podemos hacer.

En este punto, también existen dos posibilidades:

  1. Si todavía no han transcurrido 15 días desde el accidente, podemos gestionar una clínica privada que esté adherida al convenio Unespa. Esto quiere decir que el tratamiento nos saldrá gratis, porque será la Aseguradora la que corra con los gastos. Sin embargo, aquí, la clínica no estará supeditada a las órdenes del Seguro.

  2. Si ya han pasado más de 15 días desde el accidente, siempre podemos ir a una clínica de nuestra elección y posteriormente reclamar las facturas que hayamos pagado. La desventaja de hacerlo de esta manera es que tendremos que pagar previamente el coste. Sin embargo, si nuestra capacidad económica nos lo permite, es una de las opciones más recomendables.

Rehabilitación a través de la Seguridad Social

Quizás sea una de las opciones menos recomendables, pero a la que muchas veces tenemos que acudir. Y no decimos que sea poco recomendable por el tratamiento en sí, que puede ser muy bueno, sino por el tiempo que tardaremos en comenzarlo.

La finalidad del tratamiento rehabilitador es curar las lesiones que hemos sufrido tras el accidente. Para que esto sea eficaz, cuanto antes comencemos, mejor. Sin embargo, a través de la Seguridad Social, podemos tardar hasta 6 meses en empezar.

Este retraso hace que nuestras lesiones puedan empeorar o, directamente, no curarse como deberían. Además, la Aseguradora responsable, a la hora de tener que abonar una indemnización, podrá alegar que el tratamiento se ha alargado demasiado, y reducirán la indemnización que nos corresponda.

Es, por tanto, una opción a la que acudiremos si no podemos tomar ninguna otra vía.

Despacho de abogados especialistas en accidentes de tráfico

Si tienes alguna duda que no hemos detallado o deseas que uno de nuestros abogados especialistas en accidentes de tráfico te ayude, no solo reclamará por ti una indemnización por tus lesiones, sino que además, tendrás a tu disposición las sesiones que necesites de fisioterapia y psicólogos hasta que te recuperes.

En AMG Legal podemos ayudarte a reclamar tu indemnización. Cuéntanos tu caso aquí o llámanos al teléfono gratuito 900 525 515. Si lo prefieres, escríbenos a nuestro Whatsapp al 653 866 136. ¡Nosotros nos encargaremos de todo! Así tú sólo tendrás que preocuparte por recuperarte de tus lesiones ¡y nada más!

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4 Comments

  1. Ver más datos
    04/02/2019 at 07:41

    Interesante blog . Aprendo algo con cada web todos los días. Siempre es estimulante poder devorar el contenido de otros bloggers. Osaría usar algo de tu blog en mi web, naturalmente dejare un enlace , si no te importa. Gracias por compartir.

    1. AMG
      11/02/2019 at 16:28

      Hola, cuando queráis! 😉

  2. Mercedes Hernández Villarreal
    03/03/2018 at 16:40

    Buen día mi nombre es Mercedes Hernández Villarreal el 5 de febrero del presente estando en Cuautla Morelos apoyo en remolcar el auto de mi hermano dirigiéndose a abordar mi auto una camioneta de media tolenada se impactó contra el carro de mi hermano y este a su vez con el mío desde entonces tengo fuertes dolores en cuello espalda y cabeza a mí no me atendió el seguro de conductor porque en ese momento no seti el dolor e intentado llamar al seguro para mi tratamiento y solo me dejan en la línea hasta una hora sin contestarme yo por mi cuenta he Sido atendida por el servicio médico de mi trabajo estoy con incapacidad pero el director cuestiona el porque tantas incapacidades que puedo hacer para mí tratamiento e indemnización??

    1. AMG Legal
      05/03/2018 at 16:34

      Hola Mercedes,
      Te comento, cuando se tiene un accidente de tráfico, para poder reclamar es preciso que se vaya al médico en las próximas 48 horas, y este elabore el informe que verifique las lesiones sufridas son del accidente, de este modo nosotros a través de eso podemos reclamar a la compañía x según tus daños.
      Necesitaría más datos, como si se levantó atestado, fue la policía… con tan poco no podría darte una respuesta medianamente acertada, lo que si que te puedo decir, es que si no fuiste a urgencias, no se puede reclamar nada por daños.

      Si quieres que hablemos mejor te recomiendo que llames de manera gratuita al 900 900 832 y consultes con nuestros abogados contándoles bien el caso, qué es lo que se puede hacer.
      Un saludo, muchas gracias!