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16.08.2016
Accidente de Tráfico

Baja por accidente laboral de tráfico

Baja por accidente laboral de tráfico

En el día a día estamos expuestos a los infortunios, y es probable que en alguna ocasión suframos un accidente con nuestro vehículo que nos provoque lesiones, siendo necesario solicitar una baja laboral. Si este accidente se produce durante nuestro trabajo, deberemos solicitar a nuestra mutua de la empresa una baja por accidente laboral de tráfico.

En este artículo, te explicamos cuáles son los diferentes tipo de baja por accidente laboral que existen. También, cuáles son los tipos de accidentes por los que es posible solicitar una baja laboral y cuáles son las indemnizaciones que tendrías derecho a recibir en este supuesto.

 

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Tipos de baja por accidente laboral de tráfico

En España los accidentes de tráfico se clasifican en dos tipos: accidente en horario laboral o accidente en horario no laborable. En función de cuándo se sufra el accidente, el trabajador podrá optar a una baja por accidente laboral de tráfico.

Accidente laboral de tráfico en horario de trabajo

Son todos aquellos siniestros que ocurren dentro del horario de trabajo, inclusive el tiempo de viaje, es decir, el período de tiempo necesario para trasladarse de la casa al trabajo o del trabajo a la casa.

En esta caso, el usuario sí que podría disfrutar de una baja por accidente laboral de tráfico.

El accidente más común, y del que seguro has oído hablar, es el accidente in itinere, ya tratado en este artículo de nuestro blog.

Accidente en horario no laborable

Son todos esos siniestros que ocurren en nuestro tiempo libre. Dependiendo del tipo de siniestro, el tratamiento rehabilitador lo llevará a cabo el Seguro del vehículo responsable del accidente o la Seguridad Social.

El problema, en estos accidentes, es que los Seguros de los coches, en ocasiones, no se quieren hacer cargo del tratamiento rehabilitador del lesionado. Por ello, es muy importante contar con el asesoramiento de un abogado especialista para que pueda gestionar el tratamiento rehabilitador en el tiempo que marca la ley.

Dispondrás de 15 días tras sufrir el accidente para gestionar el tratamiento con una clínica privada sin tener que pagar nada. Pasado este plazo, si no has recibido tratamiento, el asunto se puede complicar.

¿Cuántos días corresponden a una baja laboral por accidente de tráfico?

Generalmente las bajas laborales como consecuencia de un accidente de tráfico son temporales. Dentro de ellas, hay que determinar los días impeditivos y no impeditivos de la baja, así como los días de hospitalización según la gravedad del siniestro.

Tal y como su nombre indica, los días de hospitalización de una baja por accidente laboral de tráfico son aquellos en los que el trabajador está en el hospital recuperándose de las lesiones producidas en el accidente.

Los días impeditivos, por su parte, son aquellos en donde el afectado no está en condiciones normales para realizar su actividad cotidiana por culpa del siniestro.

Por último, los días no impeditivos (o de sanidad) son aquellos en que la víctima aún se encuentra bajo tratamiento médico o terapia para curarse pero puede realizar su trabajo. Es decir, que todavía tiene las lesiones del accidente aunque éstas no le impiden realizar las actividades laborales que ejerce bajo condiciones normales.

En este sentido, es muy importante señalar que los días impeditivos no tienen que ver con los días de la baja o con las indemnizaciones. Por ejemplo, para una ama de casa, cuya ocupación es el mantenimiento de un hogar, un accidente de tránsito puede imposibilitarle por un tiempo para la realización de sus labores. Por lo tanto, ella tendría el derecho de cobrar una indemnización por incapacidad temporal, aunque no se dé de baja en los quehaceres domésticos.

Llegados a este punto es importante el trabajo del abogado, que es el profesional que debe mediar por conseguir que el seguro social eleve al máximo la cantidad de días impeditivos ya que en ellos la persona lesionada no podrá cumplir con las actividades que realiza normalmente. De esa manera los días de baja laboral por accidente de tráfico también aumentarán.

 

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Cambios legislativos

En la norma que regula la baja laboral por accidente de tráfico (entre otros accidentes laborales), existe una tabla establecida en el baremo de 2016 y modificada en 2017. En relación con el antiguo baremo de 2014 se han realizado unas modificaciones que atienden fundamentalmente a la nominación de los días impeditivos, no impeditivos y de hospitalización.

Además, lo que se conocía como “días de sanidad”, ahora pasan a tener el nombre de “lesiones temporales”, por lo que desaparecen las figuras de “días impeditivos y no impeditivos”, aunque en realidad esto sólo afecta a su nomenclatura pues a efectos reales significan los mismo.

La adaptación de la normativa de 2016, sin embargo, sí afecta a las indemnizaciones: los días de  baja por accidente laboral de tráfico se reducen.

Cuantía de las indemnizaciones por accidente

La fijación de lo que el nuevo baremo personal básico denomina la indemnización por días de baja por accidente laboral de tráfico es más sencilla de lo que imaginamos. El monto en cada caso aparece fijado en una tabla que rige los daños por días: cada día del período en que el afectado tarde en mejorarse tiene derecho a recibir la cantidad de 30 euros. Esta cuantía se actualizada cada año.

En este artículo, podrás ver el baremo de accidentes de tráfico actualizado para el año 2022, así como los de los años anteriores, y comprobar las distintas cuantías indemnizatorias.

El único problema es establecer el baremo de días de lesiones temporales, puesto que éste no está definido de forma expresa según la legislación. En cualquier caso, el plazo comienza a correr el mismo día en el que se sufre el accidente de tráfico.

El siguiente paso es esperar la rehabilitación total o a recibir el alta médica de la mutua de la empresa. Para ello el usuario debe estar totalmente recuperado de las lesiones derivadas del accidente que le impidieran llevar una vida normal.

Aún así, determinar el tiempo de recuperación a veces puede generar controversia. Por ejemplo, ¿qué hacer en caso de tener que esperar a realizar una resonancia al paciente para saber si debe continuar el tratamiento o no? En supuestos como éste, los días de lesiones temporales deberían durar hasta obtener un resultado definitivo que corrobore y autorice la vuelta del trabajador a sus tareas habituales.

Indemnización por días de baja por accidente laboral de tráfico

Cada accidentado tiene derecho a percibir una cantidad de 30 euros por cada día que esté en recuperación, mejorándose o rehabilitándose. A esta cantidad se le añadirá un monto adicional según los siguientes supuestos establecidos por pérdida momentánea de la calidad de vida de la persona afectada:

  • Pérdida de la calidad de vida muy grave: cuando el afectado no puede valerse por sí solo y no posee autonomía en la mayoría de las actividades que realiza en el día a día. En este caso el baremo cubrirá todos los gastos médicos y los estados de coma, de ser el caso.
  • Pérdida grave de la calidad de vida: cuando el afectado pierde una gran parte de la autonomía en cuanto a la realización de actividades personales. El baremo, en esta ocasión, hace una balanza y se hace cargo de los días que éste se encuentre ingresado en el hospital.
  • Pérdida moderada de la calidad de vida: este período es circunstancial. Sería el caso en el que el lesionado pierde por un período corto de tiempo una parte relevante de sus actividades en cuanto a lo personal se trate.

La salud no tiene precio

Muchas de las víctimas se incorporan al trabajo tras recibir el alta incluso cuando sus secuelas pueden provocar una recaída pasados unos días. En estos casos, pueden verse afectados por las lesiones de forma más grave, ya que es posible que no reciban respuesta, ni indemnización por parte del seguro o la empresa.

El caso más grave sería recibir el despido justificado por un bajo rendimiento del empleado. Por eso, y para evitar este tipo de situaciones, la mejor opción es pedir la baja por accidente laboral de tráfico siempre que el tipo de afección impida atender las labores personales y profesionales con normalidad, y más aún si la jornada laboral entorpece la recuperación.

Aún así, en muchas ocasiones resulta difícil aconsejar a una persona que se encuentra en una situación de baja durante el horario de trabajo. Por esta razón, es muy importante resaltar que los empleos son pasajeros pero que la salud es para toda la vida y, por lo tanto, no tiene precio.

Y por supuesto, ten en cuenta que aunque no sea tu trabajo específico, es de vital importancia conducir siempre con la máxima precaución para evitar momentos angustiosos. Esta es la forma más efectiva de mantener a salvo tu vida y la de los demás.

Reclamamos tu indemnización por ti

Ahora que ya sabes los efectos de un accidente de tráfico en nuestro puesto de trabajo, recuerda que en AMG Legal, podemos ayudarte a reclamar.

En nuestro despacho de abogados especialistas en tráfico luchamos siempre para que recibas una indemnización justa. También podemos ayudarte a conseguir sesiones de rehabilitación gratuitas para que puedas volver a tu vida normal si has sufrido un accidente con lesiones durante tu trabajo. 

Cuéntanos tu caso aquí o llama a nuestro teléfono gratuito 900 525 515 y te asesoramos según tu caso.

Consulta Gratuita     Llámanos 900 525 515

50 Comments

  1. Javier
    10/08/2022 at 15:57

    Buenas tardes,

    A raíz de un accidente de tráfico con culpa del contrario, mi mujer estuvo de baja con rehabilitación. Finalmente la médico rehabilitadora la dió de alta de rehabilitación porque determinó que las sesiones no iban a proporcionar mejoria tras 25 sesiones. Sin embargo continuaba con dolores y vértigos y continuó de baja laboral aproximadamente 20 días más.
    Ahora la aseguradora nos dice que esos 20 días no se van a indemnizar porque habia recibido el alta por parte de la médico rehabilitadora.

    La ley expresa que se indemniza hasta recibir el alta médica

    ¿Podrían aclararme si la aseguradora está procediendo legalmente? Gracias y un saludo

    1. AMG Legal
      10/08/2022 at 17:19

      Buenas tardes Javier,

      Como bien indicas, la ley establece que se deberá indemnizar hasta recibir el alta médica o laboral. No obstante, necesitaríamos conocer algunos detalles más para poder asesorarte mejor e informarte sobre cómo proceder en estos casos.

      Si eres tan amable ponte en contacto con nosotros en nuestro teléfono gratuito 900 525 515.

      Gracias y un saludo.

  2. Geronimo
    09/08/2022 at 12:00

    Buenas tardes, soy autónomo y el pasado día 3 de julio tuve un accidente de moto (fue sin contrario), estuve 9 días ingresado y actualmente sigo de baja.
    Estando de baja quien me paga?. Puedo pedir indemnización al seguro?. gracias

    1. AMG Legal
      10/08/2022 at 06:42

      Buenos días Gerónimo,

      En relación a tu consulta, indicarte que será la mutua la que se hará cargo del pago de tu baja. Al ser un accidente en el que no hay un contrario responsable, no tienes derecho a reclamar ninguna indemnización.

      Si necesitas más ayuda, puedes ponerte en contacto con nosotros en el 900 525 515.

      Estaremos encantados de ayudarte.

      Un saludo.

  3. Sara
    12/08/2019 at 07:23

    Buenos días
    Hace un mes tuve un accidente in itinere, me dieron un golpe que me produjo dolor lumbar y cervical. El médico de la mutua me dio la baja por un periodo de 5 días, seguía contracturada pero tenía planeado un viaje y me dio el alta. Sigo con dolor y mareada después de un mes ¿que debo hacer? ¿Voy a la mutua o al médico de cabecera?

    1. AMG
      20/08/2019 at 07:33

      Buenos días Sara,

      Lo mejor es que acudas a la mutua de nuevo y les expliques que todavía no te encuentras bien. Quizás estés para poder trabajar pero te vendría bien realizar algunas sesiones extra de rehabilitación. Si ves que allí no te hacen caso, puedes acudir al médico de cabecera.

      Gracias por contactar y un saludo.

  4. JOSE MARIA
    16/06/2019 at 16:13

    Buenas tardes, tuve un accidente de tráfico llegando a la empresa, y por lo tanto estoy de baja por accidente de trabajo (in itinere) .
    Iba en el vehículo de un compañero de trabajo.
    Tengo que solicitar indemnización a la compañía aseguradora del vehículo ?

    Gracias anticipadas.

    1. AMG
      17/06/2019 at 07:38

      Buenos días José María,

      Puedes solicitar una indemnización a la compañía responsable del accidente, ya sea a la del vehículo contrario como a la del vehículo en el que viajabas como ocupante.

      Si tienes cualquier duda, puedes escribirnos o llamarnos al 653866136 y seguro que podemos ayudarte con todo el proceso de reclamación.

      Un saludo.

  5. Nataly
    02/12/2018 at 01:41

    Hola tuve un accidente de coche, nos dieron por detrás en la autovía. Yo iba de copiloto y estoy embarazada de 22 semanas y me han dado la baja y empezaré con rehabilitación. Mi duda es que yo comenzaba con mi baja de maternidad en 2 semanas cobrando el 100% de mi sueldo y ahora con esta baja no cobraré el 100% hemos enviado todos los papeles del médico a la aseguradora, una vez que me de mi médico al alta, podré coger mi baja de maternidad? Un saludo.

  6. Maria
    23/09/2018 at 04:10

    Hola muy buenas! Hace tres días sufri un accidente de trafico, la culpa no fue mia.
    En el momento decidí no coger la baja ya que estoy de vacaciones,.pero esta misma noche he tenido que asistir otra vez a urgencias por el dolor.
    Mi pregunta es si puedo coger baja desde el dia de hoy y al terminar mis vacaciones incorprarme a mi puesto de trabajo?
    Y si es asi que una vez tenga el alta de mi medico de cabecera si hay dolor permanente si siguen indemnizando aunque sea menor cantidad economica. Gracias.

  7. Lola
    10/08/2018 at 13:29

    Hola, estando de baja por enfermedad mi empresa cerró y ahora estoy cobrando una cuantía igual al paro que me correspondería, que después me la descontarán del mismo, mientras continuo de baja. El tema es que el otro día estando yo parada en la moto, un coche que daba marcha atrás me tiró al suelo y me cayó la moto encima. Estoy haciendo rehabilitación por esguince cervical y de hombro. Quería saber si tengo derecho a indemnización, y que cuantia sería por días, porque estoy hecha un lío. Gracias!

  8. Lourdes
    31/07/2018 at 20:02

    Ayer tuve un accidente tengo la espalda fatal las cervicales y los hombros la cosa esk en estos momentos estoy de baja podría coger la baja pasadas mis vacaciones o debo de cogerla ya?

  9. Jose Merino Duran
    04/05/2018 at 12:54

    Buenas tardes tuve un accidente de trafico el 23 de marzo de 2017 ,desde entonces me han operado de una doble discectomia cervical con implantes homologos,la compañia mia me dio 25 sesiones de rehabilitacion y despues de ellas me dio el alta por estabilización considerando que yo ya tenia esas lesiones,despues de contactar con compañia contraria me mandan en julio a un medico valorador y este a un neurocirujano que establece la necesidad de operacion quirúrgica urgente en agosto,esta despues de ver informe del neurocirujano se hace la loca y no solo no me operan sino que me hacen una oferta motivada con fecha del 1 de mayo y se desentienden,sigo de baja y aun con fuertes dolores cual seria la indemnización minima por lo ocurrido

    1. AMG Legal
      07/05/2018 at 18:41

      Hola Jose buenas tardes,
      Te cuento, por lo que dices, el proceso está en camino, según nos cuentas se trata de un accidente serio, normalmente el importe de la indemnización no se estipula hasta no acabar con toda la rehabilitación días de baja etc. ya que son los informes médicos, días impeditivos, secuelas y demás cosas lo que determinarán la indemnización.
      Me pierdo en el momento en que cuentas que “deciden no operarte” la compañía no puede decidir eso, es el médico el que dictamina lo que refiere a temas de salud¿has firmado la oferta motivada?
      Me harían falta algunos datos concretos para conocer mejor tu caso y poder aconsejarte bien, te recomiendo de verdad que llames a nuestros abogados al 900 900 832, es un teléfono gratuito y podrás contarles detenidamente lo ocurrido, ellos te asesorarán al momento y te dirán si se está siguiendo un procedimiento normal o debes recurrir de alguna manera.

      Muchas gracias!!

  10. Josefa
    01/05/2018 at 16:39

    Hola tuve un accidente de trafico el domingo y lleco collarin golpes en las piernas y uno en la cara y mucho dolor de espalda e ido a mi respectivo medico pero no e pedido la baja mi empresa me da una semana para mi recuperación si no estoi de baja el seguro no me paga el tiempo qe estoi impedida?? Gracias

    1. AMG Legal
      02/05/2018 at 16:56

      Hola Josefa buenas tardes,
      Te cuento, en primer lugar al médico se ha de ir en un tope de 72 horas después del accidente, una vez dicho y hecho, será el médico el que tiene que determinar si te da la baja laboral o no, la indemnización que recibas por parte del seguro va en función a las lesiones desencadenadas de accidente, es decir, se determina una vez se acaben todos los trámites médicos, se recopilen los informes y demás. Si el médico cree conveniente que estés de baja, la indemnización será mayor por los días impeditivos de trabajo, no obstante, el importe de lo que te pagarán no será mayor que si estuvieras trabajando aunque si que suba el importe de la indemnización total.
      De todas formas te recomiendo que llames gratuitamente al 900 900 832 y nuestros abogados de manera gratuita podrán asesorarte y podrás contarles mejor lo ocurrido.
      Muchas gracias, un saludo!

  11. Maite
    22/03/2018 at 21:48

    Hola hace 3 días tuve un pequeño accidente camino del trabajo al q no di importancia al dia siguiente me empezó a doler la mano del impacto y a dormirseme los dedos. Hoy he ido al médico y me han inmovilizado la muñeca, me han puesto un tratamiento y otra prueba en 15 días y visita con el trauma de nuevo. No me he dado de baja pq es la mano izquierda y puedo medio espabilarme en mi trabajo (maestra)además q ahora tendré 1 semana de vacaciones. Me han dicho q podría solicitar baja no impeditiva y cobrar del seguro el tiempo q necesite para recuperarme médicamente, rehabilitación incluida, aunq no haga baja laboral, es cierto?? Y como, cuando y a quien le puedo solicitar este tipo de baja??

    1. AMG Legal
      26/03/2018 at 17:44

      Hola Maite, buenas tardes,
      Si en parte es cierto, depende de algunos factores… ¿fuiste al médico las siguientes 72 horas después del accidente? ¿hicisteis parte amistoso o se levanto atestado policial? No sabría darte una respuesta muy exacta sin esos datos..
      Te recomiendo sinceramente que llames al 900 900 832, es gratuita la llamada y el asesoramiento, puedes preguntar lo que quieras y en el momento podrán contestarte si les cuentas de manera más detallada lo ocurrido..

      Mil gracias por el interés!
      Un saludo!

  12. Baja por accidente de trafico
    26/02/2018 at 20:02

    […] En el caso de sufrir un accidente con nuestro automóvil, sobre todo durante el horario laboral, sobre todo cuando se provoquen lesiones que recomienden reposo domiciliario, se puede pedir una baja por accidente de tráfico. […]

  13. Maria
    26/02/2018 at 16:10

    Buenas,
    Tuve un accidente trafico y estuve menos de un mes de baja por cervicalgia, el caso es que llevo 2 días trabajando y me duele. No se si puedo darme de baja otra vez por ese motivo y si me lo descontarán de la nómina. Gracias.

    1. AMG Legal
      26/02/2018 at 18:19

      Hola Maria, buenos tardes,
      Lo más adecuado es que acudas al médico otra vez, y sea el el que determine lo de la baja, además dependiendo de varios factores se puede seguir reclamando o no, normalmente cuando estás de baja laboral, siempre se percibe un salario menor en la nómina, deberíamos estudiar la nómina que percibías cuando estabas de baja, los días etc. Si quieres llamar de manera gratuita al 900 900 832, nuestros abogados podrán comentarte que necesitaríamos o te comentarán a grandes rasgos cómo has de actuar en caso que te hayas quedado con más dudas.
      Pero lo más normal es que si te lo descuenten de la nómina.
      Un saludo.

    2. Maria
      26/02/2018 at 21:20

      Y lo que descuentan de la nómina se puede reclamar?

      1. AMG Legal
        27/02/2018 at 17:40

        Hola Maria!
        No, eso no se puede reclamar, ya que las bajas legalmente están así estipuladas, en una baja, tu no trabajas y no recibes el 100% de la nómina, pero es así en todas las empresas, no hay excepción.
        Un saludo y gracias!!

  14. Ola
    24/02/2018 at 06:36

    Hola, lo que yo no entiendo es una cosa, yo por estar impedido debería cobrar la baja laboral, en caso de ser derivada de un accidente de coche yo solo cobraría la indemnización o va aparte?

    1. AMG Legal
      26/02/2018 at 18:07

      Hola buenas tardes,
      No te entiendo muy bien, no sé si te refieres a que cuando estás de baja por accidente de coche, la indemnización es mayor al final, ya que se consideran días impeditivos. Por lo que digamos que no se cobra por estar de baja laboral en si, pero la indemnización es mayor cuanto mayores son los daños sufridos, y si estás de baja laboral, se entiende que los daños han sido “graves” depende de cada persona y cada caso.
      No sé si te refieres a eso, de todas formas, puedes volver a escribirnos si no era esa la duda, o llamar de manera gratuita al 900 900 832 y nuestros abogados te podrán aconsejar.
      Un saludo, y gracias por tu confianza.

      1. Olalla
        26/02/2018 at 20:25

        Ok, mi pregunta no era exactamente esa pero creo que me ha servido. Lo que quería saber es que si está indemnización no exime si estoy de baja laboral que a mí me paguen de mi empresa lo que me corresponde por estar de baja. Es decir son independientes yo recibiré esa por qué tengo derecho a la baja laboral y esta por los daños sufridos en el accidente como indemnización sin que interfieran una con la otra

        1. AMG Legal
          27/02/2018 at 17:31

          Buenas tardes, es que en una empresa de normal cuando te dan la baja, no cobras una indemnización, ellos te pagan estando de baja, pero no te pagan el salario integro, por eso cuando el motivo de la baja es un accidente de tráfico, en la indemnización se tiene en cuenta que estás de baja(porque percibes menos salario) y la indemnización es mayor por eso.
          Es decir, la baja no es una indemnización en si… creo que es eso lo que quieres decir, de todas formas te invito a que llames si no he entendido bien, al 900 900 832 y nos cuentes mejor.
          Un saludo y gracias!!

  15. Maribel
    16/02/2018 at 17:37

    Hola…en enero de 2017 sufrí accidente tráfico, hize durante 5 meses rehabilitación, en junio de 2017 el medico de mutua me da el alta, yo no conforme le puse una queja, tras la repuesta le puse otra…contestación de ellos que la valoración del médico era correcta. Actualmente sigo de baja médica por mi doctora de familia, he pasado revisión del ica y me dan 6 meses más. Mi pronóstico será acabar en quirófano por espondiolistesis, hernia en l5 s1.Mi pregunta, debo o puedo denunciar a éste médico, antes del año.?
    La compañía contraria ya me ha pagado, yo no estoy de acuerdo ya que no sé cómo voy a acabar, me an informado que aunque haya cobrado puedo reclamar cuando me visite médico forense, dependiendo de su valoracion…es esto correcto? Hay un plazo de tiempo para demandar por via judicial?

    1. AMG Legal
      16/02/2018 at 18:13

      Buenas tardes Maribel,
      Te comento, vayamos por partes, en primer lugar, si la compañía interrumpe la prescripción se puede seguir reclamando, y el tiempo límite para reclamar por vía judicial es de un año, lo que comentas del médico forense es cierto, si este detecta o corrobora que mereces una mayor indemnización y los daños causados son mayores, la indemnización aumentará.
      Te recomiendo que llames de manera gratuita al 900 900 832, y cuentes tu caso más detenidamente a nuestros abogados.. En cuanto a denunciar al médico necesitaríamos saber más datos, de partes médicos, fechas etc..

      Espero haberte ayudado en algo, y no dudes en llamar si lo crees necesario.
      Un saludo Maribel, espero que vaya todo bien!

  16. José Garrido
    30/12/2017 at 14:40

    Mi mujer sufrió un accidente de trafico el 2/11/17, todavía sigue de baja por fractura de una vértebra. El vehículo siniestro total. No hemos cobrado el vehículo, el seguro pasa de nosotros. El día 2 de enero iré a las oficinas de Madrid a ver se consigo algo. Algún consejo?.

    1. AMG Legal
      03/01/2018 at 18:10

      Hola José, buenas tardes, te comento, los procesos de reclamaciones de indemnización de tráfico son muy lentos, hasta que no le den el alta médica a tu mujer no se puede hacer una estimación de la cantidad que percibiréis. Eso por un lado, por otro lado en lo referente a los daños materiales si es siniestro total os deben indemnizar, pero existen diferentes supuestos en función de si está o no aceptada la responsabilidad, lo que dice el atestado etc. Por lo que necestaría saber un poco más para darte una respuesta lo más acerada posible, si nos dejas un teléfono podemos llamarte y que nos des más datos y así, poder acertar más en la respuesta, también puedes llamar de manera gratuita al 900 900 832.
      Espero haberte ayudado en algo, un saludo.

  17. adriana
    27/12/2017 at 09:26

    hola. me quede con dolor de espalda ,cervicales ,hombros y nuca . estoy con reabilitacion de 8 días ,en total tengo 15 días de reabilitacion . mi medico me siguió dando baja por enfermedad comun hasta el dia 11 enero .

    1. AMG Legal
      28/12/2017 at 18:03

      Hola Adriana, no entiendo muy bien, ¿cuál es la pregunta?¿tuviste un accidente?
      Siento no poder decirte más.

  18. adriana
    05/12/2017 at 16:18

    hola.estoy embarazada y estaba de baja por vomitos cuando tuve un accidente de coche el viernes.el lunes tenia cita al medico y le comente lo que me paso y me dio otra semana de baja por lo mismo.me dijo q por estar embarazada no se puede hacer nada…no me tenia que dar la baja por accidente esta vez?

    1. AMG Legal
      14/12/2017 at 18:55

      Hola Adriana buenas tardes,
      Necesitaríamos más datos, ¿te paso algo en el accidentes? ¿te encontrabas bien después?
      Lo normal es que si el médico no te dijo nada del accidente sería porque no te encontró nada, otra cosa sería que te alargase esa misma baja con motivo del accidente, en tal caso, debe constar en el informe médico, o pedir expresamente que lo añadan.

      Si necesitas mayor información puedes llamarnos de manera gratuita al 900 900 832 y nuestros abogados te asesorarán de manera gratuita y con mayor precisión.

      Un saludo y gracias.

  19. PilarCuesta Roman
    21/08/2017 at 09:52

    Tuve un accidente el 25 de diciembre del 2016.estuve mas de 3 meses de rehabilitacion hasta que el traumatologo de la mutua me dio el alta. Soy autonoma y no me di de baja.Tenia contratado un seguro de accidente conla Caixa que no sabia que lo tenia contratado.me lo metieron como un producto para clientes.Puedo reclamar ahora despues de pasados estos meses el dinero que me hubiera correspondido???Gracias

    1. AMG Legal
      28/08/2017 at 16:41

      Hola Pilar,
      Tienes un año para reclamar desde el día del accidente, y una vez entramos en contacto con la compañía contraria, el plazo se alarga.
      Nuestros abogados pueden asesorarte de manera gratuita llamando al 900 900 832, nosotros no cobraríamos nada hasta que tu no recibas la indemnización que te corresponde, y si tras explicarles bien a los abogados tu caso, consideran que no se puede reclamar,no es factible te lo dirán.
      Mi consejo, ya que sigues a tiempo es que llames y te informen mejor de todo.

      Muchas gracias.

  20. Vero
    09/08/2017 at 16:37

    Nos dieron un golpe en el coche por detrás en la autovia .

  21. Vero
    09/08/2017 at 16:35

    Y si la pregunta es al revés?. ¿Si acabo las sesiones de rehabilitación puedo seguir estando de baja y q me indemnicen?. La baja me la han dado para 23 días y la rehabilitación 8 días

    1. AMG Legal
      10/08/2017 at 12:00

      Hola Vero,
      Si perfectamente puede que te den 8 días de rehabilitación y 23 de baja,esos días entran en la indemnización, se consideran días impeditivos y por cada día de esos en función del caso pagan una cantidad al día.
      De todas formas, si quieres saber más, nuestros abogados te asesoran de manera gratuita y resuelven tus dudas, en caso que las tengas.
      El teléfonon es 900 900 832 gratuito.
      Muchas gracias.

  22. Lorena
    16/07/2017 at 16:04

    Hola, tuve un accidente el dia 24 de junio, dimos in golpe contra un bordillo, yo iba de copiloto, y eso me genero un latigazo cervical y lumbalgia, fui al medico al dia siguiente e intente ir a trabajar el dia 26, pero al final necesite la baja laboral, el seguro deberia pagarme por la baja laboral?estoy un poco perdida con esto. En estos momentos sigo con rehabilitación.

    1. AMG Legal
      17/07/2017 at 11:51

      Hola Lorena,
      Te comento, según me cuentas tienes todo el derecho a que el seguro te pague por baja laboral.
      De todas formas, si quieres más información y tienes más dudas puedes llamar gratuitamente al 900 900 832 y nuestros abogados te asesoran y resuelven tus dudas independientemente de lo que quieras hacer, o sea, te asesoran sin compromiso alguno y de una manera más directa ya que puedes facilitarles más datos.
      También puedes dejarnos tu teléfono y te llaman ellos, lo que te resulte más cómodo.
      Espero que vaya bien y cualquier cosa no dudes en pedirnos ayuda.
      Saludos.

  23. Angeles
    01/07/2017 at 10:18

    Hola tuve un accidente dep coche estando de baja por enfermedad, estuve tres meses de baja y haciendo rehabilitacion., cuando termine la rehabilitacion mi compañia mafre me comunico q como el veiculo q me dio el golpe no iba a mas de 8 km no daba lugar a indenizacion .quiero saber si esto es verdad?
    Un saludo

    1. AMG Legal
      07/07/2017 at 12:14

      Hola Ángeles,

      Es posible, ya que en ocasiones la aseguradora responsable interpreta, a través de estudios biomecánicos, que la intensidad del golpe no se corresponde o no es suficiente como para generar lesiones. En tu caso, habría que intentar llegar a un acuerdo con dicha aseguradora. Si tienes más dudas estaremos encantados de atenderte en el 900 900 832. Un saludo

  24. margi
    27/06/2017 at 21:13

    hemos tenido un accidente de trafico que nos produjo latigazo cervical y la compañia contraria que es Mapfreso nos reconoce 15 dias de perjuicio particular 45 de perjuicio basico cuando desde el 15 de junio del 2016 hasta 6 de septiembre del 2016 van 89dias asi que no recomiendo a nadie dicha compañia

    1. AMG Legal
      29/06/2017 at 12:22

      Hola Margi, ¿Podemos ayudarte?

  25. maria
    18/05/2017 at 08:03

    He tenido un accidente y no se si debo de ir ahora a mi medico de cabecera porke me sigue doliendo el cuello .han pasado 8 días desde ke fui al hospital

    1. AMG Legal
      19/05/2017 at 17:55

      Buenas tardes. Si tuviste un accidente y te sigue doliendo el cuello, debes acudir cuanto antes a tu médico de cabecera, o bien a un médico privado, para que te atiendan y, si así lo consideran, te prescriban un tratamiento de rehabilitación. De esta forma, puede acreditarse el tiempo de baja médica ocasionado por el accidente.

  26. Desguaces La Cabaña
    22/08/2016 at 12:50

    Un artículo genial con una información muy detallada que debemos tener en cuenta en caso de accidente, aún más con los nuevos cambios legislativos introducidos recientemente.

    Gracias!

    1. AMG Legal
      23/08/2016 at 13:06

      Nos alegramos mucho de que te haya resultado interesante. Es cierto que en muchos casos, cuando suceden estas cosas nos encontramos un poco faltos de información.

      Gracias por el comentario y un saludo!