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06.08.2015
Accidente de Tráfico

Efectos de un accidente de tráfico en nuestro puesto de trabajo

Efectos de un accidente de tráfico en nuestro puesto de trabajo

Cuando sufrimos un accidente de tráfico en nuestro puesto de trabajo, no sabemos qué repercusión puede tener en nuestra relación laboral.

En muchas ocasiones nos mencionan términos que desconocemos, o nos surgen cuestiones que nadie nos aclara, como por ejemplo: ¿la empresa me seguirá pagando el salario?, ¿cuánto cobraré si estoy de baja?.

A continuación, os responderemos a todas estas dudas que se nos plantean cuando nos hemos visto implicados en un accidente de tráfico.

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Previamente, debemos tener claro que el proceso para reclamar la indemnización por lesiones y daños sufridos en el accidente de tráfico siempre será el mismo, independientemente de los efectos que puedan afectar a  nuestra relación laboral.

Una vez aclarado lo anterior, debemos conocer los siguientes términos:

Incapacidad temporal: es el subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Accidente de tráfico laboral: es el accidente de tráfico que sufre un trabajador durante su jornada de trabajo. Otro supuesto de este tipo es el que sucede en el trayecto del trabajador de su casa a su puesto de trabajo y a la inversa, denominado accidente in itinere.

Pues bien, cuando sufrimos un accidente de tráfico y estamos trabajando, nos encontramos en una situación de incapacidad laboral en la que los efectos según el tipo de accidente son diferentes.

accidente de trabajo en el trabajo

Si hemos sufrido un accidente de tráfico no laboral, y nos encontramos trabajando en una empresa mediante contrato laboral, la baja la dará el Servicio Público de Salud (acudiendo a nuestro médico de cabecera o bien las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social). Es importante tener en cuenta que la situación de incapacidad laboral no se iniciará hasta el 4º día de baja. Por tanto, durante los tres primeros días no cobraremos parte el salario correspondiente a estos días.

En relación al salario, debemos indicar que, tratándose de un accidente de tráfico no laboral, el salario a cobrar es el siguiente:

  • A partir del 4º día se cobra el 60% de la base reguladora.
  • A partir del 21º día, el 75% de la base reguladora.

Si, por el contrario, hemos sufrido un accidente de tráfico durante nuestra jornada laboral o de camino o vuelta de nuestro puesto de trabajo (accidente in intinere), a diferencia del caso anterior, la baja se iniciará al día siguiente de haber sufrido en el accidente de tráfico.

Respecto al salario a percibir en estos casos, se cobrará el 75% de la base reguladora  a partir del día siguiente al de la baja. No obstante, es importante precisar que algunos convenios colectivos mejoran este porcentaje, y pueden alcanzar hasta el 100 % de la base reguladora.

La causa para la finalización de la baja es la misma para ambos supuestos. De este modo, los motivos que determinan la terminación de la baja son:

– El transcurso del plazo máximo establecido de 365 días más la prórroga de 180 días.

– El alta médica.

– Pasar a ser pensionista.

– No presentarse a los reconocimientos.

Al sufrir un accidente de tráfico, es recomendable ponerse en manos de abogados especialistas en accidentes de tráfico, y así recibir un asesoramiento de expertos. De esta manera, conoceremos el alcance y los efectos que puede tener un accidente de tráfico para llevar a cabo correctamente tu reclamación.

En AMG Legal contamos con con más de 200 abogados especialistas en accidentes de tráfico distribuidos por toda España. Si necesitas que reclamemos tu accidente por ti, podrás también disfrutar de sesiones de fisioterapia y psicólogos gratis. Queremos que tu única preocupación sea recuperarte de tus lesiones.

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1 Comment

  1. indemnizacion por accidente de trafico
    28/08/2015 at 15:24

    Un problema complicado y en el que podemos salir mal parados si no nos informamos bien sobre los derechos que tenemos ante estas circunstancias. Muchas gracias por la información. Un saludo